Asociación Turrialbeña de Radioaficionados

Asociación Turrialbeña de Radioaficionados recibe buenas noticias al ver cerca como propia su sede.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA PARA QUE SEGREGUE, DESAFECTE
DEL USO PÚBLICO Y DONE UN TERRENO DE SU
PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN TURRIALBEÑA
DE RADIOAFICIONADOS
ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba, portadora de la cédula jurídica número 3-014-042088, para que segregue un lote de la finca de su propiedad inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, bajo el sistema de folio real matrícula número tres- seis uno cuatro ocho seis- cero cero cero (N.° 3-61486-000) que se describe así: naturaleza terreno de potrero con tres edificaciones y un corral, situada en el distrito 1, Turrialba; cantón de Turrialba; provincia de Cartago y mide cuarenta y un mil quinientos treinta y dos metros cuadrados (41.532m²).
El lote por segregar de la finca madre señalada en el párrafo anterior se describe de la siguiente manera: naturaleza terreno de potrero con construcción, situada en el distrito 1, Turrialba; cantón de Turrialba; provincia de Cartago y mide doscientos noventa y dos metros cuadrados (292m²). El resto de la finca madre se lo reserva la Municipalidad de Turrialba y se describe de la siguiente forma: naturaleza terreno potrero con tres edificaciones y un corral, situada en el distrito 1, Turrialba; cantón de Turrialba; provincia de Cartago y mide cuarenta y un mil doscientos cuarenta metros cuadrados (41.240m²).
ARTÍCULO 2- Se desafecta del uso y dominio público el lote descrito anteriormente y se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que lo done a la Asociación Turrialbeña de Radioaficionados, portadora de la cédula jurídica número tres- cero cero dos- uno dos nueve cero seis cero (3-002-129060), para que se destine a albergar sus instalaciones.
ARTÍCULO 3- La escritura de segregación y donación del terreno, a que esta ley se refiere, la otorgará la Municipalidad de Turrialba ante la notaría del Estado, libre de impuestos de traspaso y gastos de inscripción del documento ante el Registro Público de la Propiedad. Asimismo, se autoriza a la Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional.
Rige a partir de su publicación.
Marco Vinicio Redondo Quirós
Diputado
NOTA: Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo.
1 vez.— Exonerado.—( IN2018242459 ).

Felicidades!

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